Perfiles
Perfil Profesional
El contador público de la Universidad del Tolima
- Planifica, organiza y administra sistemas contables y financieros para personas y organizaciones de acuerdo con la normativa nacional e internacional.
- Interpreta las dinámicas de la ciencia contable, su marco normativo, legal, valores, principios, bases filosóficas, conocimientos científicos, teóricos y tecnológicos, técnicas, métodos, lenguaje estandarizado y los modelos desde un pensamiento crítico.
- Evalúa, controla y cumple con las obligaciones fiscales.
- Dirige jefaturas y/o dependencias especializadas, desde un conocimiento más avanzado en el campo de la ciencia contable.
- Desarrolla actividades asociadas con asesoría, revisoría fiscal, auditoría y consultoría en el campo contable y financiero.
- Actúa con honestidad, autonomía y equidad, teniendo en cuenta las implicaciones sociales, éticas, políticas y económicas.
- Maneja herramientas, plataformas y/o sistemas en entidades públicas y privadas para la planeación y seguimientos a las políticas que propendan por la protección y uso adecuado de los recursos financieros.
- Prepara, estructura, proporciona y certifica información veraz y oportuna, como insumo para la toma de decisiones en materia contable, financiera, tributaria y fiscal, de acuerdo a la normatividad vigente.
Perfil Ocupacional
El contador público de la Universidad del Tolima está capacitado:
1) Para desempeñar el cargo de Revisor Fiscal de sociedades para las cuales la Ley exija la provisión de ese o de uno equivalente, ya con la misma denominación o con la de auditor u otra similar.
2) Para autorizar los balances de bancos, compañías de seguros y almacenes generales de depósito, del propio modo que los de sociedades de cualquier clase, cuyas acciones, bonos o cédulas se negocien en el mercado público de valores. Tales balances deberán publicarse y enviarse a la respectiva cámara de comercio para que los interesados puedan consultarlos.
3) Para autorizar los balances, que deberán publicarse como anexos a los prospectos de emisión de acciones o bonos de sociedades comerciales destinados a ofrecerse al público para su suscripción, cuando se trate de sociedades cuyas acciones no se negocien en bolsa pública de valores.
4) Para actuar como perito en carácter de controversias de carácter técnico contable, especialmente en diligencias sobre exhibición de libros, juicios de rendición de cuentas y avalúo de intangibles patrimoniales.
5) Para certificar la parte contable de informes o conceptos que rindan inspectores o reconocedores de averías y ajustadores de siniestros de seguros, cuando el valor de la avería o del siniestro sea o exceda de trescientos mil pesos ($300. 000.oo).
6) Para certificar estados de cuentas o balances que presenten liquidadores de sociedades comerciales o civiles cuyo capital sea o exceda de trescientos mil pesos ($300. 000.oo);
7) Para revisar y autorizar balances destinados a actos de transformación y fusión de sociedades de capital de trescientos mil pesos ($300. 000.oo) o más. Tales balances deberán insertarse en el acto notarial correspondiente.
8) Para certificar y autorizar estados de cuentas y balances producidos por síndicos de quiebras y concursos de acreedores.
9) Para certificar balances y estados de cuentas de empresas y establecimientos públicos descentralizados, así como de instituciones de utilidad común”.